BASES LEGALES DEL SORTEO “NUEVAS ALTAS SEPTIEMBRE 2026” — LUXENTER
Para FIDHAIL SL, la protección de datos constituye una prioridad elemental. Deseamos asegurar en todo momento que tu esfera privada se encuentre protegida y que así se mantenga durante tu visita a www.luxenter.com.
1. Entidad organizadora
El presente sorteo es organizado por FIDHAIL SL, con CIF B9627084 y domicilio social en C/Velázquez 36, 28001 Madrid, en adelante, “Luxenter”, a través de su tienda online y sus tiendas físicas.
2. Objeto y mecánica del Sorteo
El Sorteo tiene como finalidad premiar a una persona entre todas las nuevas altas de clientes registradas —tanto a través de la web como en tiendas físicas— durante el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026 (ambos inclusive).
Se considerará “nueva alta” válida toda persona que:
1.Se haya registrado por primera vez como cliente/a de Luxenter (web o tienda física) entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026.
2. A fecha 30 de septiembre de 2026, tenga marcada de forma activa y vigente la aceptación de recibir comunicaciones comerciales por correo electrónico y formar parte de la base de datos de Luxenter.
3. Cumpla los requisitos generales de participación descritos en la cláusula 3.
No se tendrán en cuenta a efectos del Sorteo las altas que, aun habiéndose registrado en el periodo indicado, no hayan dado su consentimiento para recibir comunicaciones comerciales, o lo hayan revocado antes del 30 de septiembre de 2026.
La participación no requiere la realización de ninguna compra. Basta con darse de alta como cliente/a nuevo/a (por cualquiera de los dos canales indicados) y mantener el consentimiento de comunicaciones comerciales activo a 30 de septiembre de 2026. No se exige haber realizado un pedido, ni haber canjeado ningún cupón o código de descuento, para participar en el Sorteo. Este es el único requisito de alta, igual para el canal web y para el canal tienda física.
A los efectos de esta cláusula, no se considerará “nueva alta” válida la reactivación de una cuenta o contacto que ya existiera previamente en la base de datos de Luxenter (por ejemplo, un/a cliente/a que se dio de baja y vuelve a registrarse). Cada persona física podrá participar una sola vez en el Sorteo, con independencia del número de altas o registros que genere durante el periodo de participación.
El Sorteo tiene la naturaleza de combinación aleatoria con fines promocionales. Dado que la participación no exige ninguna contraprestación económica ni la realización de compra alguna, no requiere autorización administrativa previa conforme a la normativa de juego aplicable.
3. Requisitos de participación
Podrán participar en el Sorteo las personas físicas que cumplan todas las siguientes condiciones:
1. Ser mayor de 18 años.
2. Tener residencia en territorio español, comprendiendo la Península, las Illes Balears, las Islas Canarias, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Quedan excluidas de participar en el Sorteo las personas residentes fuera del territorio español. La residencia se declara en el momento del alta y podrá ser verificada, en el caso de la persona ganadora y sus suplentes, conforme al procedimiento de la cláusula 8.
2. Haber realizado una nueva alta como cliente/a de Luxenter, a través de la web o de cualquier tienda física, entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026.
3. Haber aceptado, a fecha 30 de septiembre de 2026, la política de privacidad y el envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico.
Quedan excluidos del Sorteo los empleados de Luxenter, sus familiares directos (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad) y cualquier persona vinculada profesionalmente a la organización del Sorteo.
La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de estas bases legales.
4. Periodo del Sorteo
1. Periodo de participación (altas válidas): del 1 al 30 de septiembre de 2026.
2. Fecha del sorteo: jueves, 1 de octubre de 2026.
5. Premio
El premio consiste en una selección de joyería de Luxenter de la nueva colección, por un valor máximo de 200 € (impuestos incluidos).
Una vez determinada la persona ganadora, Luxenter se pondrá en contacto con ella para acordar la selección de las piezas de su preferencia dentro de la colección vigente, hasta agotar el valor máximo del premio (200 €). En caso de que el valor de las piezas seleccionadas sea inferior a 200 €, no se abonará ni compensará la diferencia en efectivo ni de ninguna otra forma. El premio no incluye gastos adicionales no especificados en estas bases (por ejemplo, grabados personalizados u otros servicios extraordinarios), salvo que Luxenter decida incluirlos expresamente.
El premio es intransferible y no podrá canjearse por su valor en metálico ni por ningún otro producto o servicio.
6. Designación de la persona ganadora
El sorteo se realizará de forma aleatoria entre todas las personas que cumplan los requisitos de la cláusula 3, a través de la plataforma app-sorteos.com/es, sobre el listado de altas válidas exportado de la base de datos de Luxenter a fecha 30 de septiembre de 2026.
Junto con la persona ganadora, se seleccionarán, mediante el mismo procedimiento, 3 personas suplentes, en el mismo acto y por orden de prelación, para los supuestos previstos en la cláusula 7.
El resultado del sorteo quedará documentado mediante el acta o certificado de resultado generado por app-sorteos.com/es, que Luxenter conservará a efectos de control y trazabilidad, en caso de que fuera necesario acreditarlo.
7. Comunicación con la persona ganadora y suplentes
7.1. Tras la realización del sorteo, Luxenter se pondrá en contacto con la persona ganadora a través de los datos de contacto (correo electrónico y/o teléfono) facilitados en su alta como cliente/a.
7.2. La persona ganadora dispondrá de un plazo de 5 días laborables, a contar desde el primer intento de contacto por parte de Luxenter, para responder y confirmar la aceptación del premio.
7.3. Si transcurrido dicho plazo la persona ganadora no responde, o renuncia expresamente al premio, o no acredita el cumplimiento de los requisitos de participación conforme a la cláusula 8, se entenderá que decae su derecho a recibirlo. En ese caso, Luxenter contactará con la primera persona suplente (según el orden de prelación establecido en la cláusula 6), aplicándose a esta el mismo plazo de 5 días laborables y los mismos requisitos de verificación.
7.4. Este proceso se repetirá sucesivamente con las siguientes personas suplentes hasta que una de ellas confirme la aceptación del premio y acredite el cumplimiento de los requisitos, o hasta agotar la lista de suplentes.
7.5. Todo este proceso —intentos de contacto, plazos, renuncias, verificaciones y avance a suplentes— se gestionará de forma interna y confidencial por parte de Luxenter. No se comunicará públicamente ni se identificará en ningún canal (redes sociales, web u otros) a las personas que no hayan respondido, hayan renunciado o no hayan acreditado los requisitos. Únicamente se anunciará, si Luxenter así lo decide, el nombre o iniciales de la persona que finalmente acepte y reciba el premio, y solo con su consentimiento expreso.
7.6. En el supuesto de que ninguna de las personas suplentes confirme la aceptación del premio, Luxenter podrá declarar el Sorteo sin ganador/a, sin que ello genere derecho a compensación alguna para los participantes.
8. Entrega del premio
Una vez confirmada la aceptación por parte de la persona ganadora, Luxenter se pondrá en contacto con ella para coordinar la selección de las piezas y la forma de entrega (recogida en tienda o envío, según se determine).
Luxenter podrá solicitar a la persona ganadora la documentación necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos de participación (por ejemplo, DNI/NIE, para acreditar la mayoría de edad y la residencia) antes de la entrega del premio. Si dicha documentación no se aporta o no permite acreditar el cumplimiento de los requisitos, se aplicará lo previsto en la cláusula 7.3.
9. Protección de datos
Los datos personales facilitados por los participantes serán tratados por [A COMPLETAR – Razón social] como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar su participación en el Sorteo, contactar con la persona ganadora y suplentes, y hacer entrega del premio.
La base legal del tratamiento es la ejecución de estas bases y, en su caso, el consentimiento otorgado por el interesado al aceptar recibir comunicaciones comerciales y formar parte de la base de datos de Luxenter.
Los datos no se cederán a terceros salvo obligación legal o necesidad para la entrega del premio (por ejemplo, empresas de transporte, o la plataforma app-sorteos.com/es utilizada para la realización del sorteo).
Los datos de los participantes que no resulten ganadores ni suplentes agraciados se conservarán únicamente durante la gestión del Sorteo y se suprimirán, a estos efectos, transcurridos 6 meses desde la fecha del sorteo, sin perjuicio de que la persona continúe en la base de datos general de Luxenter por su condición de cliente/a mientras mantenga vigente su consentimiento.
Los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad dirigiéndose a privacidad@luxenter.com, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPD-GDD).
Para más información, puede consultarse la Política de Privacidad de Luxenter en https://luxenter.com/pages/politica-de-privacidad
10. Fiscalidad del premio
De conformidad con la normativa fiscal vigente, los premios en especie de valor superior a 300 € están sujetos a retención/ingreso a cuenta del IRPF, que correría a cargo de la Organizadora. Dado que el valor máximo de este premio es de 200 €, no supera dicho umbral y, en consecuencia, no resulta de aplicación la obligación de retención o ingreso a cuenta.
11. Aceptación de las bases y reserva de derechos
Estas bases legales estarán publicadas y accesibles antes del inicio del periodo de participación (1 de septiembre de 2026).
La participación en el Sorteo supone la aceptación plena de estas bases legales. Luxenter se reserva el derecho a modificar estas bases, suspender o anular el Sorteo en caso de causas de fuerza mayor, fraude, mal funcionamiento técnico o cualquier circunstancia que impida su normal desarrollo, comunicándolo debidamente a través de sus canales oficiales, sin que ello genere derecho a indemnización o compensación alguna para los participantes.
Luxenter se reserva el derecho a excluir del Sorteo a cualquier participante que incumpla estas bases o que participe de forma fraudulenta.
12. Legislación aplicable y jurisdicción
Estas bases se rigen por la legislación española. Para cualquier controversia derivada de la interpretación o aplicación de las presentes bases, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales de Madrid, salvo que la normativa de consumidores y usuarios determine otro fuero.